El equipo está constituido por los siguientes profesionales:
La cartera de servicios incluye todas las áreas propias de la especialidad con algunas excepciones: Se excluye la cirugía orbitaria, el tratamiento de los tumores intraoculares y algunos extraoculares, la vitrectomía, el glaucoma congénito e infantil, retinopatía del prematuro, alteraciones congénitas del desarrollo ocular, reconstrucción de la superficie ocular compleja, ptosis.
A partir de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucía, publicada en BOJA núm. 74, de 4 de julio